Después de casi cuatro años de Sínodo cabe hacer balance de qué medidas concretas de carácter sinodal se han ido adoptando y poniendo en marcha en las diócesis como consecuencia de los procesos de discernimiento comunitario llevados a cabo sin esperar a que tuvieran lugar unas conclusiones sinodales para toda la Iglesia. De hecho, a medida que avanzaba el proceso, ya se hicieron propuestas locales de actuación que se podían haber aplicado de forma descentralizada al mismo tiempo que tenían lugar los trabajos de las Asambleas de Roma. En la diócesis de Zaragoza no ha sido así. Se ha impuesto la consigna de esperar: «a ver lo que sale al final», «no adelantemos acontecimientos», «si eso, ya nos dirán»… Es decir, las distintas síntesis diocesanas a partir de la implicación de muchos cristianos y de una ensalzada metodología de conversación en el Espíritu llevada a cabo en los grupos, han servido fundamentalmente para aportar los trabajos de la CEE, de la fase continental y finalmente de la universal, pero no para poner en marcha al mismo tiempo una dinámica sinodal «in situ» como consecuencia de lo que, entre todos, íbamos descubriendo. El mismo coordinador/responsable del Equipo Sinodal Diocesano así lo parece sugerir de forma bastante benévola e indulgente, según mi opinión, cuando afirma que «La síntesis diocesana de 22 de mayo de 2022 ha sido tenida en cuenta, pero de forma insuficiente en nuestras planificaciones parroquiales y diocesanas» Fortalezas, dificultades y retos ….

Un ejemplo. No sé si sabes, supongo que no, que en la diócesis de Zaragoza los consejos pastorales parroquiales son obligatorios desde 1987, año en que, como consecuencia de la propuesta nº 12 del Sínodo Diocesano de Zaragoza (1984-86), el obispo así lo decreta para todas las parroquias de la diócesis: «determinamos que se establezca en todas ellas, en cuanto sea posible, el Consejo Pastoral Parroquial, en conformidad con lo aprobado en nuestro Sínodo Diocesano de 1986«.

Este Decreto de 15 de diciembre de 1987 busca promover en cada parroquia de la Archidiócesis de Zaragoza «la participación de todos los fieles en cada acción pastoral, según la vocación propia de cada uno». Una participación en armonía con la responsabilidad específica del párroco y de los demás sacerdotes de la comunidad parroquial. Establece que cada Consejo Pastoral Parroquial se rija por unos estatutos propios, previamente aprobados por el Ordinario. Y señala como referencia un Estatuto-marco, para que las parroquias que todavía no tienen consejo se sirvan del modelo en sus estatutos y las que ya lo tienen los adapten y sometan a la aprobación del obispo.

Pues bien, como quiera que no ha habido, que yo sepa, en todo este tiempo derogación alguna, se ha de entender que el Decreto sigue vigente hoy en día. Es decir, que en Zaragoza los consejos pastorales parroquiales son obligatorios. Cuestión de actualidad si tenemos en cuenta que finalmente el Documento final del Sínodo ha determinado en el mismo sentido que estos órganos de participación «deberían ser obligatorios» (nº 104). Así que, mientras en el resto de la Iglesia universal y en razón de que el Derecho Canónico no lo exigía, los consejos parroquiales no eran obligatorios, en la diócesis de Zaragoza esta norma rige desde hace nada más y nada menos que 38 años.

No me detengo en reflexionar de por qué una norma diocesana tan categórica ha sido tan sistemáticamente incumplida en el pasado, aunque, según mi opinión, mucho tiene que ver en ello el clericalismo en la Iglesia.

Lo que me interesa destacar en este momento es que, mientras la legislación particular de la Archidiócesis así lo decretaba desde 1987 y la Comisión Teológica Internacional en el nº 84 de La sinodalidad en la vida y misión de la Iglesia así lo proponía para toda la Iglesia desde 2018, el carácter obligatorio de los consejos no se ha tenido en cuenta ni en la Síntesis de la fase Diocesana del Sínodo en Zaragoza (Mayo de 2022), ni en el nuevo Estatuto marco para los consejos pastorales parroquiales (3 mayo 2024), ni, por supuesto, en la Línea estratégica 1 del Plan Diocesano VITA 2024-2025.

La síntesis de la fase diocesana se limita a recoger la insistencia en «la necesidad de crear consejos» parroquiales donde no estén creados y de «potenciarlos y revitalizarlos», entendemos, donde los haya. El redactor o redactores del nuevo Estatuto-marco han tenido delante, no solo el decreto del articulado del de 1987, sino también el de la obligatoriedad de su constitución, los dos promulgados el mismo día. Y, sin embargo, ha actualizado el primero de forma bastante fiel al original, por cierto, pero, sorprendentemente, ha obviado totalmente el segundo. Desconozco si ha sido por inadvertencia o porque se haya querido desandar a sabiendas el camino que la diócesis emprendió hace cuarenta años en orden a aplicar la eclesiología del Pueblo de Dios del Concilio Vaticano II. Finalmente, el Plan Diocesano VITA sigue utilizando un lenguaje vago, que no compromete a nadie, cuando habla de «fomentar el trabajo y la implantación de los Consejos Parroquiales» y de «potenciar la implantación y desarrollo de los Consejos Pastorales y de economía en cada parroquia» (Línea 1, Objetivos y Acciones).

¿Qué esperar entonces en nuestra diócesis de la fase de implementación del Sínodo de la sinodalidad en este punto en concreto? Pues algo muy sencillo: Primero, que de forma inmediata se retome el carácter obligatorio de los consejos pastorales parroquiales aplicando el nº 104 del Documento final del Sínodo y el vigente decreto diocesano de 1987, u otro que se pueda emitir en el mismo sentido en la actualidad (al igual que se ha hecho con la renovación del Estatuto-marco). Y segundo, que el nuevo Plan Diocesano de Pastoral 2025-26, en su Línea 1, se marque el objetivo de que todas las parroquias de la diócesis tengan su consejo pastoral con sus correspondientes estatutos en el plazo que se determine, proponiendo para ello un conjunto de acciones concretas para conseguirlo, así como su correspondiente plan de seguimiento.

Y, ya que parece se va a convocar una sesión conjunta del Consejo Presbiteral y del Diocesano de Pastoral el próximo mes de marzo para abordar la aplicación del Sínodo en la diócesis ¿no sería ésta una primera decisión colegiada que, dada la larga tradición diocesana, los dos consejos tendrían que adoptar de inmediato? Aunque para ello, claro está, haya que volver a reformar el Estatuto-marco de los Consejos Pastorales Parroquiales sin haber cumplido ni siquiera un año desde su aprobación. Es lo que tiene haber estado tres años de proceso sinodal «a verlas venir».

Emilio Aznar Delcazo. Diócesis de Zaragoza


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2 respuestas a “A verlas venir”

  1. Avatar de Synodos.blog
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    A propósito de los consejos parroquiales, nos comenta Isabel, de Alborge, lo siguiente: «Los propios sacerdotes que están al cargo de las parroquias, conocen a sus feligreses y saben cómo invitarlos para crear tal consejo pastoral. Es necesario para mejorar nuestras parroquias y mantener a la iglesia más cerca del pueblo.
    En Alborge llevamos ahora dos años teniendo este consejo y hablando de nuestra parroquia y sus necesidades. Es una manera de trabajar en equipo de conocer, comparar y dar forma a las opiniones conjuntas de todo el equipo.
    Los laicos tenemos que saber que la Iglesia es patrimonio del pueblo, es nuestra y para conservar nuestra fe y tradiciones ltenemos que sentir que nos pertenece y que nuestras opiniones son escuchadas, apoyadas y tienen respuesta x parte del sacerdote que tenemos en nuestra parroquia».

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  2. Avatar de synodos.blog
    synodos.blog

    Gonzalo nos comenta:
    Saludos. Dificil. Si se tocará el bolsillo de los curas sería más fácil. Aunque luego está el funcionamiento y esa es otra. Tal vez la presencia en ellos de una forma esporádica del obispo o los vicarios.🙊

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