Aportación conjunta de los grupos de la coordinadora synodos.blog al tema de los consejos pastorales

III.- PREGUNTAS PARA LOS EQUIPOS, GRUPOS… NO VINCULADOS A UN CONSEJO PASTORAL

3. Pregunta de síntesis: hacia dónde queremos caminar: A la luz de lo compartido, ¿qué pasos concretos podemos dar para que nuestro grupo contribuya a fortalecer unos Consejos pastorales vivos y sinodales, reconociendo que su buen funcionamiento es una riqueza para toda la diócesis en la comunión, la participación y la misión?

Las respuestas de nuestros grupos quieren contribuir con aportaciones concretas a la reflexión conjunta de la diócesis, de las parroquias y de los consejos pastorales parroquiales, para poner en marcha los cambios necesarios en el funcionamiento de estos organismos de participación, a la luz de lo ya discernido como diócesis, de las indicaciones del Documento final y de nuestra propia experiencia. Algunos de nosotros somos, o hemos sido miembros de distintos consejos pastorales.

Para nosotros, consejos pastorales imprescindibles en la diócesis son el consejo presbiteral, el consejo diocesano de pastoral y los consejos pastorales parroquiales en cada parroquia, por pequeña que sea. Pensamos que otro tipo de consejos intermedios no supondrán en este momento más que un aumento artificial de la burocracia y del organigrama, si bien es verdad que se podrían considerar los consejos pastorales de unidad pastoral como parroquiales, en el formato que indica el documento de los obispos de Aragón sobre las unidades pastorales. También se podría considerar la existencia de consejos de arciprestazgo, pero solo en el caso de que exista una real pastoral de conjunto en una zona determinada.

PROPUESTAS DE CAMBIO EN LOS CONSEJOS PASTORALES PARROQUIALES

  1. NATURALEZA

1.1. El Documento final entiende los consejos como el espacio de participación de los bautizados en la toma de decisiones de la Iglesia y se refiere a los mismos como órganos de participación, asignándole funciones de discernimiento para el anuncio del Evangelio, de toma de decisiones, de rendición de cuentas y de evaluación (Documento final, 103), ampliando de este modo la comprensión que hasta ahora teníamos de los mismos. Su existencia es de vital importancia para que los bautizados ejerzamos nuestra corresponsabilidad en la misión de la Iglesia, para promover la igualdad fundamental de todos sus miembros, superar el clericalismo y ser cauce para la participación de todo el pueblo de Dios en lo que concierne a la acción pastoral y al gobierno de las parroquias (y de la diócesis).

1.2. Para ello, vemos necesaria una reformulación de la naturaleza de los consejos más acorde con lo que significa la Iglesia como pueblo de Dios y no sólo como colaboración de los laicos con el párroco en los asuntos pastorales.

1.3. Una Iglesia sinodal se basa en la existencia, eficiencia y vitalidad efectiva, y no meramente nominal, de estos órganos de participación, así como en su funcionamiento conforme a las disposiciones canónicas o a la costumbre legítima, y en el cumplimiento de los estatutos y reglamentos que los rigen (Documento final, 104). Por esta razón, los consejos pastorales deben establecerse como obligatorios en todas las parroquias.

  1. FINALIDAD

2.1. Dinamizar la vida de la parroquia y ayudar a construir una verdadera comunidad misionera con la participación de todos.

2.2. Los consejos pastorales parroquiales son el marco adecuado para el ejercicio del discernimiento eclesial (Documento final, 84-85), así como de la participación ordinaria de laicos y religiosos en la toma de decisiones  (Documento final, 93). 

2.3. Para ello, es fundamental que los consejos cumplan con la función consultiva que el derecho les otorga y sean eficaces en la elaboración de conclusiones consensuadas dentro del proceso de toma de decisiones. 

2.4. Además, también estamos de acuerdo en que, después del discernimiento apropiado, y haciendo todo lo posible para llegar armónicamente a un cierto consenso, los consejos deben ser deliberativos respecto a la inmensa mayoría de asuntos.

  1. FUNCIONES

3.1. Servir de cauce para recoger y compartir la vida pastoral y comunitaria de la parroquia y de lo que cada grupo parroquial hace.

3.2. Impulsar el espíritu y la ilusión misionera en los miembros de la comunidad para que la parroquia se comprenda como una Iglesia en salida, abierta y comprometida con las realidades del barrio para una acción evangelizadora eficaz.

3.3. Con capacidad para tomar decisiones que afectan a toda la comunidad.

3.4. Promover la asunción de responsabilidades por parte de los laicos.

3.5. Elaborar, aprobar, difundir, hacer el seguimiento y evaluar los planes pastorales parroquiales.

3.6. Dar cuentas a la comunidad, tanto en lo pastoral como en lo económico.

3.7. Crear conciencia de pertenencia a la Iglesia (diócesis, vicaría, zona, arciprestazgo, unidad pastoral).

  1. COMPOSICIÓN

4.1. En la composición de los mismos, le damos mucha importancia a la elección de los miembros, que no deben ser designados por el párroco sino elegidos por los grupos o sectores a quienes representan y/o por la comunidad parroquial en su conjunto. En este punto en concreto va madurando entre nosotros el criterio de sustituir el anterior esquema de representación de grupos por un sistema de elección en el que los candidatos representan a toda la parroquia y no a un grupo determinado. Para lo cual, se habrá de definir y explicitar previamente, tanto las tareas y cometidos que asumen como consejeros, como las cualidades básicas de los candidatos (personas con sentido común, interesadas y comprometidas en la vida de la comunidad cristiana, con capacidad para ser transmisores reales de su grupo en el consejo, y de llevar a su grupo lo que se trate en el consejo).

4.2. Se ha de tener en cuenta, además, una mayor participación de mujeres, jóvenes y personas que viven en situación de pobreza y marginación (Documento final, 106). Tener presente el criterio de una deseable paridad entre hombres y mujeres. Y, teniendo en cuenta la realidad a la que representan, ha de haber una mayoría de laicos a los que hay que escuchar y vincular en todas las decisiones.

4.3. La inclusión de cristianos comprometidos con el testimonio de la fe en las realidades ordinarias de la vida y en las dinámicas sociales, con una reconocida disposición apostólica y misionera y no solo a personas dedicadas a organizar la vida y los servicios dentro de la comunidad (Documento final, 106). Cristianos comprometidos en la vida social y laboral, así como personas de los movimientos y asociaciones del barrio.

4.4. La inclusión de otras realidades de Iglesia que se ubican en el territorio parroquial, tales como congregaciones religiosas, monasterios, centros educativos, hospitales, obras sociales …

4.5. Que haya en el consejo alguna persona de entre los inmigrantes que vivan en la parroquia. Invitar especialmente a quienes están acogidos en alguna de las posadas de la Mesa por la Hospitalidad. Se trata de ampliar la mirada.

  1. FUNCIONAMIENTO

5.1. Consideramos fundamental que los consejos funcionen en conexión con la asamblea o las asambleas parroquiales. Unas asambleas que, utilizando la terminología del Documento final, serán llamadas asambleas eclesiales, con una invitación abierta a todos y en las que, con una metodología eficiente y participativa, se marcarán las líneas fundamentales de la parroquia para un periodo de tiempo determinado y serán, además el espacio para la evaluación y rendición de cuentas.

5.2. Vemos también muy importante que cada consejo, además del secretario y de la comisión permanente, cuente con la presidencia de un miembro del consejo, distinto del párroco y elegido por el mismo consejo de forma estable.

5.3. Los consejos deben tener unos periodos de renovación pautados que se han de cumplir. 

5.4. Consideramos que el consejo no debe cesar con ocasión del cambio de párroco, para dar continuidad y relevancia a las tareas pastorales en las que la parroquia está implicada. Y, si no todo el consejo, cuando menos debería permanecer la misma comisión permanente.

5.5. Es imprescindible que las reuniones del consejo se programen con la suficiente antelación, con el fin de que los consejeros aporten siempre el parecer de aquellos a quienes representan. Con un orden del día que incluya también lo que no funciona.

5.6. Hay que tener previsto que los miembros del consejo puedan proponer temas para el orden del día de las reuniones (Documento final, 105). E, igualmente, cualquier persona de la parroquia, por medio de los consejeros.

5.7. Para que los consejos cumplan con la función consultiva que el derecho les asigna es imprescindible que el párroco formule consultas precisas antes de tomar decisiones de gobierno, de forma que los consejos puedan trabajar en la elaboración consensuada de unas conclusiones (Documento final, 90), que la autoridad habrá de seguir antes de adoptar la decisión de que se trate.

5.8. Vemos también conveniente que el consejo invite a personas de otras iglesias cristianas y de otras culturas o creencias religiosas a participar en alguna sesión para ampliar nuestro modo de enfocar las cosas.

5.9. De acuerdo con las funciones de un consejo, que haga todo lo que tiene que hacer, tres al año son insuficientes. Para cumplir con su importante misión, el consejo pastoral parroquial se ha de reunir una vez al mes.

  1. DIFUSIÓN-TRANSPARENCIA

6.1. Para dar visibilidad e importancia al consejo pastoral, sería oportuno presentar cuanto antes a sus miembros en la eucaristía de un domingo, de la misma manera que se hace con los catequistas y otros ministerios.

6.2. Así mismo, exponer en el tablón de anuncios los nombres y funciones de sus miembros, con foto incluida, para que todos los conozcan.

6.3. Contar con la ayuda de algún influencer cercano.

6.4. Informar a la comunidad de la celebración de la reunión del consejo, así como de los asuntos tratados y de las conclusiones.

6.5. Un buzón de sugerencias a disposición de todos.

6.6. El balance de cuentas actualizado en el tablón de anuncios.

  1. METODOLOGÍA

7.1. Creemos que hay que seguir trabajando en el diseño de una metodología adecuada a los fines que persiguen los consejos y que integre aspectos tales como la escucha, el análisis, el diálogo bidireccional, el discernimiento, la propuesta y que, además, tenga como resultado la formulación de unas conclusiones a las que se llegue por consenso.

7.2. Entendemos que la metodología de la conversación en el Espíritu puede ayudar y sería bueno tenerla como punto de referencia, pero con las adaptaciones oportunas (Documento final, 105). Hay que avanzar más en la utilización de otras dinámicas participativas.

  1. TEMAS

8.1. Los consejos tienen que tomar decisiones importantes y, por tanto, debe ser tenido en cuenta para todo lo que concierne a la vida de la comunidad y a la decisión sobre las líneas pastorales de la parroquia, tales como la elaboración, la aprobación, el seguimiento, la evaluación y la rendición de cuentas de los planes pastorales; la orientación de la catequesis, el estilo de las celebraciones litúrgicas, los criterios económicos, la respuesta pastoral a situaciones de pobreza, exclusión y marginación, la manera en la que la parroquia se compromete con las necesidades del barrio, o la decisión sobre la integración en la parroquia de otros movimientos y asociaciones.

8.2. El tema principal es definir la misión concreta que tiene la parroquia en el contexto en el que se ubica para organizar en consecuencia la acción pastoral y los recursos.

8.3. Al consejo pastoral parroquial se le debe consultar, informar y dar cuenta por parte del obispo con ocasión del traslado y nombramiento de los párrocos, vicarios parroquiales, diáconos y otros posibles ministerios.

8.4. Proponemos que, a partir de la experiencia de los temas y asuntos importantes que normalmente decide el párroco, elaboremos entre todos un listado con aquellos temas y asuntos de gobierno que deberían ser tratados y decididos por los consejos pastorales parroquiales.

  1. FORMACIÓN

9.1. El criterio sinodal de una formación integral, continua y compartida (Documento final, 143), se ha de traducir en nuestro caso en una formación conjunta para el párroco, los sacerdotes, los religiosos y los laicos con responsabilidad que ayude a superar la rutina y la inercia.

9.2. Además de la formación en la conversación en el Espíritu, hay que avanzar en otro tipo de dinámicas directivas que capaciten realmente a los miembros de los consejos para la toma de decisiones.

9.3. Al mismo tiempo, vemos conveniente una mejor formación de los miembros de los consejos en aspectos como la Biblia y la Iglesia.

  1. MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO MARCO

10.1. Para una eficaz implementación en la diócesis de los criterios sinodales sobre consejos pastorales parroquiales proponemos que las medidas y cambios que finalmente se decidan por quien corresponda sean incluidas en el estatuto marco de los consejos pastorales parroquiales de 2024 y sean el criterio y la norma para la renovación de los estatutos de todos los consejos pastorales. 

10.2. Lo que implica una nueva revisión y modificación del estatuto marco y, en consecuencia, una revisión, modificación y nueva aprobación de todos los estatutos de consejos pastorales.

PROPUESTAS DE CAMBIO EN CONSEJOS PASTORALES DIOCESANOS

Aunque no lo hemos tratado de forma detallada, estamos de acuerdo en que hay que revisar los estatutos del consejo presbiteral, del pastoral diocesano y del de asuntos económicos según criterios sinodales.

También, proponemos avanzar en la remodelación del consejo episcopal para que, en su composición, se vea representado todo el pueblo de Dios, en la línea de otras diócesis tales como Zamora, Pamplona, Barbastro-Monzón o recientemente Huesca.

El consejo presbiteral tiene que trabajar más y ser realmente el senado del obispo. Ninguna de las decisiones de gobierno en la diócesis en estos últimos tiempos ha contado con su aprobación o su informe. 

Al consejo diocesano de pastoral le compete especialmente la elaboración, la aprobación, el seguimiento, la evaluación y la rendición de cuentas del plan diocesano de pastoral.

Grupos participantes: Begoña, Cuidarnos, CVX, El Jardín, Presentación, Monasterio, San Carlos, Santa Rafaela María (8 en total).